Renovación de matrículas

Teniendo en cuenta la Ley Nº 9543 y el Decreto Reglamentario 1844-24, se informa:
– Los Profesionales cuya renovación haya operado entre el 07/06/2024 y el 01//10/2024, se encuentran comprendidos por el nuevo régimen SIN NECESIDAD DE RENOVACIÓN.
– Todas las matrículas vencidas y no renovadas se encuentran prorrogadas hasta el 28/02/2025, fecha hasta la deberá realizarse la renovación por ÚNICA VEZ.

Apsim
@apsim60702
– Todas las matrículas vencidas y no renovadas se encuentran prorrogadas hasta el 28/02/2025, fecha hasta la deberá realizarse la renovación por ÚNICA VEZ.

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